La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha revocado un amparo concedido a un ciudadano de Puebla que buscaba legalizar una relación "poliamorosa", argumentando que esta figura no tiene una gran presencia en la sociedad mexicana y podría generar desigualdad y discriminación.
El ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, encargado del proyecto de resolución, señaló que si bien la Constitución protege todas las formas de familia, la regulación del "poliamor" debería ser competencia de los Congresos locales para garantizar la igualdad de derechos y evitar situaciones de desventaja, especialmente para mujeres y niños.
Se hizo referencia al Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, que ha advertido sobre el riesgo de desigualdad en relaciones poligámicas, como la poliginia, donde las esposas de mayor edad pueden quedar desatendidas económicamente y reproductivamente.
La resolución de la Primera Sala reafirma que el contexto histórico y estructural del matrimonio y el concubinato difieren del poliamor, y que no se puede utilizar el primero como punto de comparación aplicable al segundo.
En consecuencia, la SCJN, por mayoría de votos, ha rechazado la regulación de la inclusión de tres o más personas en un solo matrimonio, respaldando el proyecto presentado por el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo.