Desde el pasado 5 de diciembre, la NOM 37 ha entrado en vigor en México, centrada en regular el teletrabajo o trabajo a distancia, con exigencias que comenzarán a aplicarse a partir del último mes del 2023. Esta normativa impone nuevas obligaciones tanto para las empresas como para los trabajadores, con un enfoque específico en garantizar la seguridad y salud laboral, prestando especial atención a las condiciones de trabajo.

Es crucial destacar que la NOM 37 se aplica a empresas con empleados que realizan más del 40% de su jornada laboral a distancia. En consonancia con las nuevas reglas, si el espacio de trabajo remoto de un empleado no cumple con estándares de seguridad, iluminación y ventilación, no se le puede obligar a trabajar en ese lugar.

La normativa asegura que los trabajadores en esta modalidad mantienen los mismos derechos individuales y colectivos que sus contrapartes que trabajan de forma presencial. Además, se introduce un listado de autoevaluación para que los empleados puedan evaluar las condiciones de su trabajo remoto.

La implementación de estas reglas surge en un contexto en el que el trabajo remoto experimentó un aumento significativo en México, al igual que en otras naciones, durante la pandemia de COVID-19 entre 2020 y 2021. La NOM 37 también establece que los trabajadores a distancia deben recibir un salario igual al de aquellos que laboran en una oficina, manteniendo un horario laboral fijo.

La Secretaría del Trabajo especifica las responsabilidades de los empleadores, incluyendo proporcionar herramientas y pagar de manera proporcional servicios como internet, electricidad, sillas ergonómicas, tinta o impresora, y dispositivos como computadoras o teléfonos celulares necesarios para el trabajo remoto. Por otro lado, los empleados deben informar cambios de domicilio laboral y aplicar periódicamente una lista de verificación de condiciones de seguridad y salud para el trabajo a distancia.